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rechazan otorgar prisión domiciliaria a Pou Castro


Bien por este juez...ya paso esa época de los 12 anos ,asesinos ,acabaron con los futuros lideres del país,y todavía andan muchos alabando a Blaguer...que se pudra en la cárcel este ex militar de la temida era de los 12 anos de Blaguer...
Caminaron muchos anos por las calles impunemente

Juez Ejecución de la Pena rechaza otorgar prisión domiciliaria a Pou Castro
SANTO DOMINGO.- El juez de la Ejecución de la Pena de San Cristóbal denegó el pedido de prisión domiciliaria para del general (r) Joaquín Antonio Pou Castro, condenado a 30 años de prisión por el asesinato del periodista Orlando Martínez.

Asimismo, el magistrado Francisco Angomás, dispuso que el militar en retiro continúe recluido en el hospital de las Fuerzas Armadas, hasta que los médicos que le atienden determine su de alta y pueda ser reingresado al penal.

El tribunal argumentó, al decidir no variar la prisión por domiciliaria, que el prevenido debió alegar que pasaba de los 70 años, antes de que lo sentenciaran, ya que al momento en cuanto a la edad su situación jurídica era la misma.

Al pedir el rechazo del cambio de la prisión para Pou Castro, el Ministerio Público recordó que su caso hay una sentencia definitiva de la Suprema Corte de Justicia (SCJ), por lo que debe ordenarse su mantenimiento en prisión.

El Procurador adjunto del Departamento Judicial de San Cristóbal, Félix Santana, había pedido al tribunal disponer que Pou Castro fuera recluido a la cárcel de Najayo, San Cristóbal, tal como se había dispuesto en la sentencia condenatoria. Mientras que los abogados de la defensa Vilpidio Antonio Rivas y Ángela Maria Arias Cabada pidieron que a su cliente se le permitiera cumplir la condena en su domicilio.

Pou Castro guarda prisión desde el 14 de marzo de 1997, por el asesinato del periodista Orlando Martínez el 17 de marzo de 1975.

Por el asesinato del comunicador también la Cámara Penal de la Corte de Apelación de San Pedro de Macorís también encontró culpables a Mariano Cabrera Durán y a Rafael Alfredo Lluberes Ricart, a quienes condenó a 30 años de prisión y le confirmó la sentencia original, emitida por un tribunal de primera instancia en agosto de 2000.



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